Sobre el derecho de acceso a la información pública

¿Qué es el derecho de acceso a la información pública?

Es el derecho a acceder a la información pública en los términos previstos en la Constitución artículo 105.b), entendiéndose como información pública los contenidos o documentos, cualquiera que sea su soporte o formato, que obren en poder de la Administración y que hayan sido elaborados o adquiridos en el ejercicio de sus funciones.

¿Quién puede acceder a la información pública?

Todas las personas tienen derecho a acceder a la información pública, sin obligación de motivar la solicitud ni dar razones de su interés.

¿Se puede pedir cualquier información?

El derecho de acceso a la información está sujeto a ciertos límites que tienen como objetivo proteger otros bienes jurídicos que pueden quedar desprotegidos si se da la información. Es decir, los límites existen para proteger información que no debe ser pública porque, si lo fuera, podría dañar a una persona o al interés público.

Estos límites están tasados en los artículos 14 y 15 de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Accesos a la Información Pública y Buen Gobierno, y son los siguientes: la seguridad nacional; la defensa; las relaciones exteriores; la seguridad pública; la prevención, investigación y sanción de los ilícitos penales, administrativos o disciplinarios; la igualdad de las partes en los procesos judiciales y la tutela judicial efectiva; las funciones administrativas de vigilancia, inspección y control; los intereses económicos y comerciales; la política económica y monetaria; el secreto profesional y la propiedad intelectual e industrial; la garantía de la confidencialidad o el secreto requerido en procesos de toma de decisión; la protección del medio ambiente.

¿Cómo se aplican los límites?

El órgano al que se le solicita una información cuya publicación considera que puede perjudicar a alguno de los límites deberá valorar si, efectivamente, se produce un daño si se provee esa información.

¿Por qué existe protección de datos personales?

Si la información solicitada contuviera datos especialmente protegidos, el acceso únicamente se podrá autorizar en caso de que se contase con el consentimiento expreso y por escrito del afectado.

¿Cómo se puede acceder a la información?

Presentando una solicitud de acceso a la información de forma telemática a través de este enlace o puede descargarse el formulario de solicitud, cumplimentarlo y presentarlo en cualquier oficina de registro.

¿Es gratuito el acceso?

El derecho de acceso a la información solicitada es gratuito, tanto en el sitio donde se encuentre dicha información, como si solicita su entrega por medios electrónicos.

La expedición de copias o la transposición a un formato diferente al original podrán dar lugar a la exigencia de las tasas o precios públicos.

¿Qué es el acceso parcial?

En los casos en los que se solicite información en la que parte de la misma esté sometida a alguna causa de límite del derecho, se admitirá parcialmente la solicitud y se indicará al solicitante la información que ha sido omitida.

¿Qué puede hacer un ciudadano al que se le deniega información?

Si transcurrido el plazo de respuesta no recibe contestación, puede presentar directamente un recurso al órgano competente de la jurisdicción contencioso-administrativa (en el plazo de dos meses) .

En el siguiente enlace usted podrá presentar una Reclamación ante el Consejo de Transparencia y Buen GobiernoFormulario Reclamaciones del CTBG